Reseña Histórica

AMIGSS fue fundada por Acuerdo Gubernativo de fecha 1 de diciembre de 1954, por la iniciativa de los señores GUILLERMO ESTRADA ESCOBEDO (+) CARLOS AUGUSTO GUZMÁN MONASTERIO (+) Y MIGUEL ÁNGEL LUNA DE LEÓN (+) trabajadores del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social en esa época, quienes compenetrados en la trascendencia de los principios de COOPERACION, SOLIDARIDAD, PROTECCION Y UNIÓN que conforman el Mutualismo, iniciaron el Comité Preparatorio para que naciera a la vida jurídica la “ASOCIACIÓN MUTUALISTA DE EMPLEADOS DEL INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL -AMIGSS-”.

 

Misión

“Otorgar beneficios económicos, sociales, deportivos, culturales y recreativos a nuestros Asociados y sus Beneficiarios, basados en los principios Mutualistas, a través del oportuno y eficiente servicio personalizado”

Visión

“Ser una entidad reconocida a nivel nacional e internacional, por los beneficios y servicios fundamentados en la filosofía mutualista, otorgados a todos los trabajadores del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social”.

Objetivos de su Creación

Fomentar e impulsar un régimen socio-económico conforme a los planes de beneficio y prestaciones sociales establecidas en los Estatutos, Acuerdos y Reglamentos, promoviendo los principios mutualistas entre los Asociados y sus Beneficiarios, a través de actividades artísticas, culturales, sociales y deportivas. La Asociación otorga cobertura a más de 7,000 Asociados y a aproximadamente 28,000 Beneficiarios, a nivel nacional, dentro de los que se incluyen a los Padres, Cónyuge o Conviviente e hijos menores de 18 años. Para los Padres de Hecho inscritos por el Asociado e hijos con edad hasta 25 años, los beneficios se otorgan bajo condiciones especiales.

Recursos Financieros


La Asociación se sostiene con los ingresos siguientes:

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    Cuota ordinaria que aportan los asociados, correspondiente al 1.5% del salario mensual, incluyendo salarios diferidos y bono 14.

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    Llamamientos, aplicados a los salarios anuales o pensiones, que percibe el asociado, según el caso, destinados al pago de los beneficios económicos por muerte de Asociado(a) que se entrega a sus Beneficiarios y a la ayuda económica que se otorga al Asociado (a) por fallecimiento de sus beneficiarios.

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    Contribuciones extraordinarias, cuando así lo establece la Asamblea General de Asociados.

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    Otras donaciones.